Por el cual se hacen unas traslaciones en el presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1962(Ministerio de Fomento), por $ 198.420.00 moneda legal

Rango Decreto
Publicación 1963-02-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 71 de 1962 facultó expresamente al Gobierno Nacional para abrir créditos y hacer traslados presupuéstales, por el resto de la vigencia, sin sujeción a las normas ordinarias sobre la materia» con el solo requisito del Certificado de Disponibilidad del Contralor General, y la aprobación del Consejo de Ministros;

Que el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 75 de 1962, país amparar el traslado de que se trata, y el Consejo de Ministros ha impartido la aprobación correspondiente, y

Que para la buena marcha de la Administración Pública, se requiere incrementar algunas apropiaciones del Ministerio de Fomento,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1962, con base en el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 75 de 1962, expedido por la Contraloría General de la República:

Presupuesto de funcionamiento.

Ministerio de Fomento

Contracréditos

I-Gastos Directos del Ministerio

A-Dirección del Ministerio.

CAPITULO 1003

Dirección del Ministerio

Transferencias

205-111. Artículo 10036. Plan de Capacitación del personal en el Exterior $ 45.000.00
B-Rama Técnica
CAPITULO-1010
División de Transportes
Programa IV
Intendencia Fluvial de Barranquilla
Servicios personales
102-251. Artículo 10203. Indemnización por vacaciones $ 28.000.00
Gastos generales
105-251. Artículo 10209. Mantenimiento y aseguros 70.420.00
CAPITULO 1011
División de Propiedad Industrial.
Programa I.
Jefatura de la Propiedad Industrial
Gastos generales
106-242. Artículo 10230. Devolución de derechos fiscales 15.000.00
CAPITULO 1012
Superintendencia Nacional de Importaciones
Servicios personales
101-113. Artículo 10251. Remuneración de servicios técnicos 40.000.00
Suman los contracréditos $ 198.420.00
Créditos
I-Gastos Directos del Ministerio.
A-Dirección del Ministerio
CAPITULO 1001
Gabinete del Ministro
Gustos generales
106-111. Artículo 10006. Materiales y suministros 5.000.00
105-111. Artículo 10007. Compra de equipo 2.000.00
106-111. Artículo 10008. Viáticos y gastos de viajé 15.000.00
106-111. Artículo 10010. Servicios Públicos 10.000.00
106-111. Articuló 10014. Gastos varios e imprevistos 3.000.00
B-Rama Técnica
CAPITULO 1007
División de Comercio Exterior.
Programa I.
Dirección y Planeación del Comercio Exterior
Gastos generales
106-111. Artículo 10073. Viáticos y gastos de viaje 55.000.00
CAPITULO 1008
División de Industria; y Comercio Nacional
Programa I Dirección Industria, y Comercio Nacional
Gastos generales
106-111. Artículo 10112. Viáticos y gastos de viaje 2.000.00
Programa V
Reglamentación y Control del Comercio Interior
Gastos generales
105-242. Artículo 10151. Compra de equipo 1.000.00
106-242. Artículo 10152. Viáticos y gastos de viaje 2,000.00
106-242. Artículo 10153. Servicios de comunicaciones 10.000.00
106-242. Artículo 10156. Impresas y publicaciones 2.500.00
CAPITULO 1010
División de Transportes
Programa IV
Intendencia Fluvial de Barranquilla.
Gastos generales
106-251. Artículo 10204. Materiales y suministros 14.540.00
105-251. Artículo 10205. Compra de equipo $ 16.360.00
100-251. Artículo 10206. Viáticos y gastos de viaje 5.000.00
106-251. Artículo 10207. Servicios de comunicaciones 7.680.00
106-251. Artículo 10208. Servicios Públicos 21.840.00
CAPITULO 1011
División de Propiedad Industrial.
Programa I
Jefatura de la Propiedad Industrial.
Gastos generales
105-242. Artículo 10225. Compra de equipo 1.000.00
Programa II
Registro y Control de Marcas.
106-242. Artículo 10234. Materiales y suministros 2.000.00
C-Rama Administrativa
CAPITULO 1015
Jefatura de la Rama Administrativa.
Gastos generales
105-111. Artículo 10299. Mantenimiento y aseguros 5.000.00
CAPITULO 1017
División de Servicios Generales.
Programa II
Publicaciones, Biblioteca y Almacén.
Gastos generales
100-111. Artículo 10325. Servicios públicos $ 1.500.00
CAPITULO 1018
División de Presupuesto
Gastos generales
105-111. Artículo 10332. Compra de equipo 15.000.00
105-111. Artículo 10335. Mantenimiento y. aseguros 1.000.00
Suman los créditos $ 198.420.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.E., a 20 de diciembre de 1962.

GUILLERMO LEON VALENCIA.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Sanz de Santamaría

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