por el cual se delegan unas funciones constitucionales
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República se trasladará el día 5 de octubre del presente año, a la ciudad de New York, Estados Unidos de Norteamérica, con el fin de asistir a la Cena y Ceremonia Oficial de Imposición de la "Gold Insigne" por parte de Américas Society and Council Of The Américas;
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en las leyes, el Ministro del Interior y de Justicia, está habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario,
DECRETA:
Artículo 1º. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse en el Ministro del Interior y de Justicia, doctor Carlos Holguín Sardi, las funciones legales y las correspondientes a las siguientes atribuciones constitucionales:
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- Artículos 129; 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1º y 2º; 303, 304 y 314.
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- Artículo 150, numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.
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- Artículos 163, 165 y 166.
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- Artículos 200 y 201.
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- Artículos 213, 214 y 215.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
PublÃquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de octubre de 2006.
ÃLVARO URIBE VÃ LEZ
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