Por el cual se crean varios cargos en el Ministerio de Obras Públicas (Ramo de Carreteras Nacionales)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto número 2492 de 1947 dispuso que el personal administrativo que se requiriera en las diferentes zonas de conservación y en las obras dependientes del Departamento de Ferrocarriles y Carreteras Nacionales del Ministerio de Obras Públicas, y fuera designado por decreto, y Que los cargos que se crean por el presente Decreto se habían atendido anteriormente por jornal,
DECRETA:
Artículo primero. Créanse en la Zona de Carreteras Nacionales de Bucaramanga los siguientes cargos, con las remuneraciones mensuales que a continuación se expresan:
| Un Ayudante del Contralor, con | $180.00 |
|---|---|
| Un Oficial de Estadística, con | 160.00 |
Artículo segundo. Créase en la Carretera Teorama-San Calixto-Aspasica-Abrego, el cargo de Ayudante de Almacén, con asignación mensual de doscientos cuarenta pesos ($ 240:), que se cubrirá con la partida destinada, para dicha carretera.
Artículo tercero. En la Zona de Carreteras Nacionales de Villavicencio, créase el cargo de Enfermero, con asignación mensual dé ciento ochenta pesos ($ 180), que se pagarán con la partida destinada a dicha zona.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 5 de octubre de 1948.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público José María BERNAL-El Ministro de Obras Públicas, Luis Ignacio ANDRADE
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