Por el cual se autoriza una publicación
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial de la que le concede la Ley 141 de 1948,
DECRETA:
Artículo único. Autorízase al Ministerio de Higiene -División de Lepra- para que, previos los trámites de rigor, contrate la impresión de 2.000 ejemplares de un folleto intitulado "Reforma de la profilaxis de la lepra en Colombianone.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 29 de octubre de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Gobierno, Luis Ignacio ANDRADE-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO- El Ministro de Higiene, Jorge E. CAVELIER.
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