Por el cual se modifican los Decretos 589, 389 y 664 de 1962

Rango Decreto
Publicación 1963-02-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 9º de la Ley 138 1961

DECRETA:

Artículo primero. De las partidas incluidas en el Presupuesto Nacional vigente y distribuidas por los Decretos 589, 389 y 664 de 1962, respectivamente, hácense las siguientes disminuciones:
CAP1TULO 1218
Financiamiento a cargo del Ministerio. Programa II Financiamiento de establecimientos dependientes
Artículo 12425. Museo Nacional,
a) Compra de equipo (adquisición de carácter histórico y artístico) $ 7.00.00
Artículo 12430. Instituto Colombiano de Antropología
Servicios personales.
b) Remuneración de servicios técnicos y pago de cátedras y. conferencias. $ 8.221.00
Artículo 12432. Biblioteca y Archivo Nacionales
Servicios personales
c) Remuneración por servicios técnicos $15.000.00.
d) gastos vanos e imprevistos 5.000.00.
Total $21.000.00.
Artículo segundo. Con las sumas disminuidas por el artículo anterior incrementanse los siguientes rubros:
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CAPITULO 1218
Artículo 12432 Museo Nacional
g) Servicios públicos $6.500.00
h) Mantenimiento y aseguros 500.00
7.000.00
Artículo 12430. Instituto Colombiano de Antropología
Gastos generales.
k) Impresos y publicaciones $ 8.221.00
Artículo 12432. Biblioteca y Archivo Nacionales.
b) Sueldos personal supernumerario. 6.000.00.
g) Materiales y Suministros 10.000.00.
k) Servicios públicos 5.000.00.
Total $21.000.00.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 26 de diciembre de 1962

GUILLERMO LEON VALENCIA.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos Sanz de Santamaría. El Ministro de Educación Nacional, Pedro Gómez Valderrama.

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