Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1937-04-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el honorable Consejo de Ministros, en su sesión del día 29 de enero último, concedió al

Ministerio de Hacienda y Crédito Público la autorización correspondiente para efectuar unos traslados en el Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Comercio,

DECRETA:

Artículo único. Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y COMERCIO

CAPITULO 63

Departamento de Ganadería.

Del artículo 464. Para compra de laboratorios e instrumentos de cirugía para los Veterinarios e Inspectores de Sanidad

Pecuaria $ 5,000.00
Al artículo 464 bis. Para compra de drogas e implementosde uso veterinario 5,000.00
Sumas iguales $ 5,000.00 5,000.00

Comuníquese.

Dado en Bogotá a 11 de febrero de 1937.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO

El Ministro de Agricultura y Comercio,

Manuel José VARGAS

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