Por el cual se crean dos (2) cargos en la Penitenciaría Central La Picota
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Créanse en la Penitenciaría Central "La Picota", los siguientes cargos con las asignaciones mensuales que en cada caso se indican:
| Contador Auxiliar (para talleres) | $ | 250.00 |
|---|---|---|
| Laboratorista Bacteriólogo | 300.00 |
Comuníquese cúmplase.
Dado en Bogotá a 16 de febrero de 1955.
Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,
Presidente de Colombia.
El Ministro de Justicia,
Luis Caro Escallón.
El Ministro de Hacienda Crédito Público,
Carlos Villaveces.
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