Por el cual se crea un cargo. (Ramo de Carreteras Nacionales - Conservación)

Rango Decreto
Publicación 1956-03-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y especial de las que le confiere la Ley 88 de 1931,

DECRETA:

Artículo único. Créase, dependiente de la Zona de carreteras Nacionales de Manizales, el cargo de Ingeniero Ayudante, con asignación mensual de mil pesos ($ 1.000.00), que se pagarán con imputación a la partida apropiada en el Presupuesto vigente para gastos y sostenimiento de la mencionada Zona.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 22 de febrero de 1956.

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Obras Públicas, encargado,

Teniente Coronel Mariano Ospina Navia

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