Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1962 (Congreso Nacional y Ministerio de Gobierno), por $ 980.796.00

Rango Decreto
Publicación 1963-02-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 71 de 1962 facultó expresamente al Gobierno Nacional para abrir créditos y hacer traslados presupuéstales por el resto de la vigencia, sin sujeción a las normas ordinarias sobre la materia, con el solo requisito del Certificado de Disponibilidad del Contralor General, y la aprobación del Consejo de Ministros;

Que el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 78 de 1962, para amparar el traslado de que se trata, y el Consejo de Ministros ha impartido la aprobación correspondiente, y

Que para la buena marcha de la Administración Pública se requiere incrementar algunas apropiaciones del Congreso Nacional y Ministerio de Gobierno,

DECRETA:

Artículo 1º Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1962
Presupuesto de funcionamiento»
Rama Legislativa
Congreso.
Contracréditos
CAPITULO 001
Senado.
Servicios personales
102-111. Artículo 0004. Indemnización por vacaciones $10.000.00.
CAPITULO 002 '
Cámara de Representantes
Servicios personales
102-111. Artículo 0018. Indemnización por vacaciones 10.000.00.
Suman los contracréditos de la Rama Legislativa $ 20.000.00.
Ministerio de Gobierno.
I - Gastos directos del Ministerio
B - Rama Técnica
CAPITULO 0105 '
División de Acción Comunal
Programa I
Planeación y Coordinación
Servicios personales
101 - 111. Artículo 01054. Remuneración servicios técnicos. $35.000.00
Programa II
Acción Comunal Regional
Subprograma 2. Adiestramiento e Investigaciones.
Gastos generales
106-317. Artículo 01075. Alojamiento y restaurante 40.000.00.
CAPITULO 0107
Registraduría Nacional del Estado Civil.
Programa I
Cedulación
Servicio. personales
101 - 116. Artículo 01100. Sueldos del personal supernumerario, por cinco meses 885.3796.00
Suman los contracréditos del Ministerio 960.796.00
RESUMEN:
Suma la Rama Legislativa 20.000.00.
Suma el Ministerio 960.796.00
Total contracréditos 980.796.00
Créditos
Rama legislativa.
Congreso
CAPITULO 001
Senado
Servicios personales
102-111. Artículo 0003. Prima de Navidad $ 20.000.00
Suman los créditos de la Rama Legislativa $ 20.000.00
Ministerio de Gobierno.
I - Gastos directos del Ministerio
A-Dirección del Ministerio
CAPITULO 0101
Gabinete del Ministro
Gastos generales
106-111. Artículo 01008. Servicios de comunicaciones 25.000.00
CAPITULO 00102
Secretaría General
Gastos generales
106 -111. Artículo 01028. Servicios de comunicaciones 5.000.00.
CAPITULO 0103
Oficina Jurídica.
Programa I - Asesoría Legal.
Gastos generales
106 - 111. Artículo 01028. Servicios de comunicaciones 3.000.00
Programa II
Propiedad Intelectual v Prensa.
Gastos generales
106-111. Artículo 01041. Impresos y publicaciones 10.000.00.
B - Rama Técnica
CAPITULO 0104
División de Territorios Nacionales.
Gastos generales
106 - 111. Artículo 01046. Materiales y suministros 5.000.00.
106-111. Artículo 01049. Servicios de comunicaciones 3.000.00
CAPITULO 0105
División de Acción Comunal.
Programa I
Planeación y Coordinación
Gastos generales
106-111. Artículo 01060. Servicios de comunicaciones 5.000.00.
CAPITULO 01006
División de. Asuntos Indígenas
Programa I
Administración de la División
Gastos generales
106-111. Artículo 01080. Materiales y suministros 3.000.00.
Transferencias
205 - 317. Artículo 01088. Aporte al Instituto Indigenista Americano 1.000.00
Programa II
Asistencia y Protección Indígena.
Servicios personales
101-317. Artículo 01090. Jornales 5.000.00
Gastos generales
106-317. Artículo 01093. Materiales y suministros 8.000.00
106-317. Artículo 01006. Servicios de comunicaciones 10.000.00
105-317. Artículo 01098. Mantenimiento y aseguros 7.796.00
CAPITULO 0107
Registraduría Nacional del Estado Civil
Programa I
Cedulación
Servicios personales
102 -116. Artículo 01101. Prima de Navidad $ 50.000.00
102-116. Artículo 01102. Indemnización por vacaciones 30.000.00
Gastos generales
106 -116. Artículo 01103. Materiales y Suministros 250.000.00
105 -116. Artículo 01104. Compra de equipo 100.000.00
106 -116. Artículo 01106. Servicios de comunicaciones 50.000.00
106 -116. Artículo 01107. Servicios públicos 60.000.00
106-116. Artículo 01109. Impresos y publicaciones 75.000.00
106 -116. Artículo 01111. Gastos varios e imprevistos 70.000.00
C-Rama Administrativa
CAPITULO 0110
División de Servicios Generales.
Gastos generales
106-111. Artículo 01137. Servicios de comunicaciones 10.000.00.
106 -111. Artículo 01138. Servicios públicos 5.000.00
106 -111 Articulo 01135 Mantenimiento y Aseguros 5.000.00
106-111 Artículo 01140. Impresos y publicaciones 165.000.00.
Suman los créditos del Ministerio $960.796.00
RESUMEN
Suma la Rama Legislativa $ 20.000.00
Suma el Ministerio 960.796.00
Total créditos $ 980.796.00
Artículo 2º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

GUILLERMO LEON VALENCIA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Sanz de Santamaría

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