por el cual se exonera a la Cooperativa de Trabajadores de Sedeco, Limitada, de un impuesto de valorización

Rango Decreto
Publicación 1955-01-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República;

Que el Instituto de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico gravó a la Cooperativa de Trabajadores de Sedeco Limitada, por medio de la Resolución número 80 de fecha 20 de agosto de 1953, con un impuesto de valorización por la suma de treinta y un mil quinientos, cuarenta y un pesos con cinco centavos ($ 31.541.05), por razón de las obras de canalización y avenidas del río Medellín y por poseer, la Cooperativa un lote de terreno en el cual se proyecta la construcción del "Barrio Cooperativa 13 de Junio";

Que la referida Cooperativa proyecta construir en dicho lote de terreno ciento doce (112) viviendas modernas para igual número de trabajadores afiliados;

Que por razón de esta obra social, el Consejo de Ministros acordó en el mes de agosto pasado eximir a la Cooperativa mencionada del referido impuesto de valorización.

DECRETA:

Artículo único. Exonérase a la Cooperativa de Trabajadores de Sedeco Limitada, del impuesto de valorización que le fue liquidado por el Instituto de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico, a que hacen referencia los considerandos del presente Decreto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 1° de diciembre de 1954.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Gobierno,

Lucio Pabón Núñez.

El Ministro de Guerra,

Brigadier General Gabriel París.

El Ministro de Agricultura y Ganadería,

Juan Guillermo Restrepo Jaramillo.

El Ministro del Trabajo, encargado del Despacho de Salud Pública,

Cástor Jaramillo Arrubla.

El Ministro del Fomento, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público,

Manuel Archila Monroy.

El Ministro de Minas y petróleos, encargado del Despacho de Relaciones Exteriores,

Pedro Manuel Arenas.

El Ministro de Educación Nacional,

Aurelio Caicedo Ayerbe.

El Ministro de Comunicaciones,

Brigadier General Gustavo Berrio Muñoz.

El Ministro de Obras Públicas,

Capitán de Navío Rubén Piedrahita.

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