Por el cual se suprimen unos empleos, se crean otros y se hacen dos nombramientos en el ramo Postal
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
decreta
Artículo 1.º Suprímese en la Administración de Correos de Girardot, la plaza de Jefe del Correo Urbano y la de Guarda, y créanse las de Ayudante de la de Oficial de Recibo y Despacho y la de Ayudante del Servicio de Lista, con la asignación mensual de treinta y veinticinco pesos ($ 30 y $ 25), respectivamente.
Artículo 2.º Nómbrase a los señores Emiliano González Pardo y Sara Mier de Valderrama, en su orden, Ayudante del oficial de Recibo y Despacho, y Ayudante del Servicio de Lista de la Administración de Correos de Girardot.
Parágrafo. Quedan adscritas al Oficial del Servicio de Lista las funciones del Oficial del Correo Urbano de la misma Oficina.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 25 de febrero de 1915.
JOSE VICENTE CONCHA.
El Ministro de Gobierno
miguel ABADIA MENDEZ.
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