Por el cual se distribuyen unas partidas

Rango Decreto
Publicación 1939-02-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1.º La partida de tres mil pesos ($ 3.000) destinada por el Decreto número 329 para la especialización de profesores de canto y dibujo, se distribuye así:
Mensual En el año.
Para sueldos de 3 profesores de música, a $ 50 mensuales cada uno, en 12 meses $ 150.00 1.800.00
Para sueldos de 3 profesores de dibujo, a $ 40 mensuales cada uno, en 10 meses, de marzo a diciembre, inclusive 120.00 1.200.00
Total $ 3.0000.00
Artículo 2.º La partida de tras mil seiscientos pesos ($ 3.600) destinada por el Decreto número 329, para profesorado de canto, declamación, arte teatral, etc., etc., en las escuelas públicas, se distribuye así:
Mensual En el año.
Para sueldos de 4 profesores de canto, a $ 60 mensuales cada uno, en once y medio meses, del 15 de enero al 31 de diciembre $ 240.00 2.760.00
Para sueldos de 2 profesores de canto, a $ 40 mensuales cada uno, en diez y medio meses, del 15 de febrero al 31 de diciembre 80.00 840.00
Total $ 3.600.00
Artículo 3.º La partida de tres mil seiscientos pesos ($ 3.600) destinada por el Decreto número 329 para profesores de dibujo y otras actividades artísticas, en las escuelas públicas, se distribuye así:
Mensual En el año.
Para sueldos de 4 profesores de dibujo, a $ 40 mensuales cada uno, en 10 meses, de marzo a diciembre, inclusive $ 160.00 1.600.00
Para sueldo de una profesora de declamación y arte teatral, a $ 60 mensuales, en 10 meses, de marzo a diciembre, inclusive 60.00 600.00
Para sueldo de una profesora de arte teatral, a $ 50 mensuales, en 11 meses, de febrero a. diciembre, inclusive 50.00 550.00
Para sueldo de un profesor de danza y rítmica, en 6 meses, de marzo a agosto, inclusive, a $ 100 mensuales 100.00 600.00
Para sueldo de un acompañante de danza, a $ 40 mensuales, en 6 meses, de marzo a agosto, inclusive 40.00 240.00
Para gastos pequeños de material 10.00
Total $ 3.600.00

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá a 15 de febrero de 1939.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Educación Nacional,

Alfonso ARAUJO

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