por el cual se crea la Comisión Nacional Permanente de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica

Rango Decreto
Publicación 2005-10-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren el artículo 189, numerales 2 y 11 de la Constitución Política, artículo 1º de la Ley 74 de 1979, y artículo 45 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que para dar cumplimiento a los objetivos del Tratado de Cooperación Amazónica, suscrito en Brasilia el 3 de julio de 1978 se requiere la participación y el compromiso de los Gobiernos de los Países Parte, a través de las Comisiones Nacionales Permanentes y de los responsables de las Comisiones Especiales de Asuntos Indígenas, Medio Ambiente, Ciencia y Tecnología, Salud, Transporte, Turismo y Educación Ambiental de la Amazonia;

Que la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica - OTCA, como instrumento contemporáneo con una amplia visión sobre la integración sudamericana, fortalece la vocación de sus gobiernos de construir sinergias con otras naciones, organismos multilaterales, agencias de fomento, movimientos sociales, comunidad científica, sectores productivos y sociedad civil, en la defensa soberana de la Amazonia Continental y en procura de su desarrollo sostenible;

Que la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica tiene la convicción de que la Amazonia es estratégica para impulsar el futuro desarrollo de nuestros países y de la región, que debe ser preservada, pero sobre todo, promovida, en consonancia con los principios del desarrollo sostenible y;

Que la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica, con el propósito de mejorar las condiciones de vida de sus poblaciones, busca la equidad y el beneficio mutuo y estimula iniciativas, así como la consolidación de los avances democráticos, la defensa de la soberanía y la materialización de todos los elementos constitutivos del paradigma sostenible en lo económico, político, social, ambiental, cultural y ético,

DECRETA:

Artículo 1º. Créase la Comisión Nacional Permanente de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica, con el propósito de coordinar y orientar la ejecución de las decisiones adoptadas por las instancias de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica.
Artículo 2º. La Comisión Nacional Permanente, tendrá las siguientes funciones:
Artículo 3º. La Comisión estará integrada por:

El Ministro de Relaciones Exteriores, quien la presidirá.

El Ministro del Interior y de Justicia.

El Ministro de Defensa Nacional.

El Ministro de la Protección Social.

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo.

El Ministro de Educación Nacional.

El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.

El Ministro de Transporte.

El Director del Departamento Nacional de Planeación.

El Director del Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología Colciencias.

Artículo 4º. Los miembros de la Comisión podrán actuar directamente o a través de su delegado, quien deberá ser del más alto nivel dentro de las entidades que representan.
Artículo 5º. La Comisión tendrá una Secretaría Ejecutiva, la cual será ejercida por el Director de Soberanía Territorial y Desarrollo Fronterizo del Ministerio de Relaciones Exteriores o quien haga sus veces.
Artículo 6º. La Comisión deberá elaborar su reglamento interno en un plazo de sesenta (60) días, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto.
Artículo 7º. La Comisión elaborará informes de sus actividades de conformidad con lo dispuesto en su reglamento interno y con la periodicidad requerida por los trabajos de los órganos y Comisiones de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica.
Artículo 8º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de septiembre de 2005.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro del Interior y de Justicia,

Sabas Pretelt de la Vega.

La Ministra de Relaciones Exteriores,

Carolina Barco.

El Ministro de Defensa Nacional,

Camilo Ospina Bernal.

El Ministro de la Protección Social,

Diego Palacio Betancourt.

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,

Jorge Humberto Botero.

La Ministra de Educación Nacional,

Cecilia María Vélez White.

La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,

Sandra Suárez Pérez.

El Ministro de Transporte,

Andrés Uriel Gallego Henao.

El Director General del Departamento Nacional de Planeación,

Santiago Montenegro Trujillo.

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