Por el cual se hacen unas traslaciones dentro del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1962

Rango Decreto
Publicación 1963-02-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 71 de 1962 facultó expresamente al Gobierno Nacional para abrir créditos y hacer traslados presupuéstales, por el resto de la vigencia, sin sujeción a las normas ordinarias sobre la materia, con el solo requisito del Certificado de Disponibilidad del Contralor General y la aprobación del Consejo de Ministros;

Que el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 81 de 1962, para, amparar el traslado de que se trata, y el Consejo de Ministros ha impartido la aprobación correspondiente, y

Que para la buena marcha de la Administración Pública se requiere incrementar algunas apropiaciones del Ministerio de Guerra,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1962, con base en el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 81 de 1962, expedido por la Contrataría General de la República:
Presupuesto de funcionamiento.
Contracréditos.
CAPITULO 031
Departamento Administrativo Nacional de Estadística.
Programa II
Recolección de Datos.
Servicios personales
101-115. Artículo 0308. Sueldos del personal de nómina $ 6.000.00
102-115. Artículo 0309. Prima de Navidad 7.000.00
102-115. Artículo 0310. Indemnización por vacaciones 5.000.00
Gastos generales
106-115. Artículo 0312, Viáticos y gastos de viaje 27.000.00
106-115. Artículo 0317. Viáticos y gastos de viaje 20.000.00
Programa V
Levantamiento de Censos
Servicios personales
101-115. Artículo 0323. Sueldos del personal de nómina 25.000.00
Gastos generales
106-115. Artículo 0328. Viáticos y gastos de viaje $ 140.000.00
Programa VI
Publicaciones e Información.
Gastos generales
106-115. Artículo 0333. Impresos y publicaciones 43.000.00
Programa VIII
Servicios Generales.
Subprograma I-Personal y Reclutamiento.
Servicios personales
101-115. Artículo 0339. Sueldos del personal de nómina 8.728.00
Subprograma II-Servicios Generales y Proveeduría.
106-115. Artículo 0348. Viáticos y gastos de viaje 2.000.00
106-115. Artículo 0349. Servicios de comunicaciones 15.000.00
105-115. Artículo 0351. Mantenimiento y aseguros 26.000.00
106-115. Artículo 0352. Gastos varios e imprevistos 4.546.00
Suman los contracréditos $ 329.274.00
Crédiitos
Presupuesto de funcionamiento
Ministerio de Guerra.
I-Gastos directos del Ministerio.
B-Rama Técnica.
CAPITULO 0503
Ejército Nacional.
Programa I
Administración de los Servicios de Defensa.
Servicios personales
102-132. Artículo 5031. Alimentación, lavado y peluquería 275.999.66
CAPITULO 0504
Armada Nacional.
Programa I
Servicios de Defensa Naval.
Servicios personales
102-133. Artículo 5050. Partida alimentación lavado y peluquería 53.274.34
Suman los créditos 329.274.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E. a 28 de diciembre de 1962.

GUILLERMO LEON VALENCIA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Sanz de Santamaría

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