Por el cual se hacen unas traslaciones dentro del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1962

Rango Decreto
Publicación 1963-02-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 71 de 1962 facultó expresamente al Gobierno Nacional para abrir créditos y hacer traslados presupuéstales, por el resto de la vigencia, sin sujeción a las normas ordinarias sobre la materia, con el solo requisito del Certificado de Disponibilidad del Contralor General y la aprobación del Consejo de Ministros;

Que el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 97 del 13 de noviembre de 1962, para amparar el traslado de que se trata, y el Consejo de Ministros ha impartido la aprobación 25.000.00 correspondiente, y

Que para la buena marcha de la .Administración Pública se requiere incrementar algunas apropiaciones del Ministerio de Guerra,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense, las siguientes traslaciones dentro del Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1962:
Contracréditos.
Presupuesto de funcionamiento.
Ministerio de Salud.
Pública. Gastos directos del Ministerio.
A-Dirección del Ministerio.
CAPITULO 0901
Gabinete del Ministro
Servicios personales
101-111. Artículo 9003; Honorarios $ 5.000.00
CAPITULO 0903
Dirección y Coordinación Ejecutiva
Programa I
Administración de la Dirección.
Servicios personales
101-111. Artículo 9023. Sueldos del personal de nómina 60.000.00
101-111. Artículo 9024. Remuneración servicios técnicos 12.000.00
Gastos generales
101-111. Artículo 9029. Viáticos y gastos de viaje 150.000.00
106-111. Artículo 9030. Servicios de comunicaciones 17.000.00
Programa II
Sostenimiento Centros de Salud.
Servicios personales
101-336. Artículo 9034. Sueldos del personal de nómina 14.712.50
Gastos generales
106-333. Artículo 9042. Servicios públicos 2.500.00
CAPITULO 0904 Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación.
Programa I
Administración de la Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación,
Servicios personales
101-331. Artículo 9044. Sueldos del personal de nómina 30.000.00
101-331. Artículo 9045. Remuneración servicios técnicos 16.000.00
Gastos generales
106-331. Artículo 9050. Viáticos y gastos de viaje 20.000.00
CAPITULO 0905
Oficina Jurídica
Gastos generales
106-111. Artículo 9064. Viáticos y gastos de viaje 5.000.00
B-Rama Técnica.
CAPITULO 0906
Jefatura Rama Técnica
Servicios personales
101-331. Artículo 9071. Remuneración servicios técnicos 5.000.00
Gastos generales
105-331. Artículo 9075. Compra de equipo 8.000.00
106-331. Artículo 9077. Servicios de comunicaciones 13.000.00
CAPITULO 0907
División de Sanidad Ambiental.
Servicios personales
101-334. Artículo 9081. Sueldos del personal de nómina 25.000.00
Gastos generales
106-334. Artículo 9086. Viáticos y gastos de viaje $ 30.000.00
CAPITULO 0908
División de Epidemiología
Programa I
Administración de la División
Servicios personales
101-335. Artículo 9091. Sueldos del personal de nómina 15.000.00
Gastos generales.
100-335. Artículo 9099. Servicios de comunicaciones 13.500.00
Programa II
Control de la Tuberculosis
Subprograma I. Hospitales, Sanatorios y Pabellones Antituberculosos.
Servicios personales
101-337. Artículo 9107. Remuneración servicios técnicos 20.000.00
101-337. Artículo 9108. Jornales 32.158.02
Gastos generales
106-337. Artículo 9113. Viáticos y gastos de viaje 5.000.00
106-337. Artículo 9114. Servicios de comunicaciones 10.000.00
106-337. Artículo 9115. Servicios públicos 10.000.00
Transferencias
205-337. Artículo 9117. Alimentación y gastos de los hospitales y pabellones antituberculosos en el país 182.127.50
Subprograma 2.
Dispensarios y Centros Epidemiológicos.
Servicios personales
101-336. Artículo 9118.Sueldos del personal de nómina 55.000.00
Gastos generales
106-336. Artículo 9124. Viáticos y gastos de viaje 20.000.00
Subprograma 3.
Unidades Móviles y Vacunación con B. C. G.
Servicios personales
101-336. Artículo 9129. Sueldos del personal de nómina 55.000.00
Gastos generales
106-336. Artículo 9134. Viáticos v gastos de viaje 110.000.00
105-336. Articulo 9136 Mantenimiento y aseguros 55.500.00
Transferencias
203-336. Artículo 9137. Sostenimiento Unidades Móviles 75.360.52
Programa III
Control de la Lepra.
Subprograma I
Lazareto de Agua de Dios
Servicios personales
102-336. Artículo 9141. Indemnización por vacaciones 8.000.00
Subprograma 2.
Lazareto de Contratación.
Gastos generales
106-336. Artículo 9158. Servicios de comunicaciones 10.000.00
105-336. Artículo 9160. Mantenimiento y aseguros 40.000.00
Subprograma 3.
Dispensarios Dermatológicos.
Servicios personales
101-336. Artículo 9164 Sueldo del personal de nómina 50.000.00
101-336. Artículo 9165. Remuneración servicios técnicos $ 7.000.00
101-336 Artículo 9167. Indemnización por vacaciones 7.000.00
Gastos generales
106-336. Artículo 9170. Viáticos y gastos de viaje 20.000.00
CAPITULO 0909
División de Servicios de Salubridad.
Programa I
Administración de la División
Servicios personales
101-331. Artículo 9176. Sueldos del personal de nómina 27.000.00
101-331. Artículo 9177. Remuneración servicios técnicos 5.000.00
Gastos generales
106-331. Artículo 9182. Viáticos y gastos de viaje 50.000.00
106-331. Artículo 9183. Servicios de comunicaciones 20.000.00
105-331. Artículo 9185. Mantenimiento y aseguros 6.000.00
Programa II
Atención Materno-Infantil
Servicios personales
101-333. Artículo 9187. Sueldos del personal de, nómina 15.000.00
102-333. Artículo 9188. Prima de Navidad 5.000.00
102-333. Artículo 9189. Indemnización por vacaciones 3.000.00
Gastos generales
106-333. Artículo 9192. Servicios de comunicaciones 7.000.00
106-333. Artículo 9193. Servicios públicos 12.000.00
105-333. Artículo 9194. Mantenimiento y aseguros 10.000.00
Programa III
Nutrición
Gastos generales
106-336. Artículo 9197. Para compra de alimentos o adquisición, instalación y funcionamiento de plantas productoras de los mismos 264.741.46
CAPITULO 0910
División de Asistencia Pública.
Programa I
Administración de la División
Servicios personales
101-331. Artículo 9202. Sueldos del personal de nómina 35.000.00
101-331. Artículo 9203. Remuneración servicios técnicos 10.000.00
Gastos generales
105-331. Artículo 9207. Compra de equipo 20.000.00
106-331. Artículo 9208. Viáticos y gastos de viaje 60.000.00
105-331. Artículo 9211. Mantenimiento y aseguros 5.000.00
106-331. Artículo 9212. Impresos y publicaciones 5.000.00
C-Rama Administrativa
CAPITULO 0912
Jefatura de la Rama Administrativa
Servicios personales
101-111. Artículo 9231. Remuneración servicios técnicos 5.000.00
Gastos generales
105-111. Artículo 9235. Compra de equipo 9.000.00
CAPITULO 0913
División de Provisiones
Gastos generales
105-111. Articulo 9246 Compra de equipo 8.000.00
CAPITULO 0915
División de personal
101-111. Artículo 9261. Sueldos del personal de nómina $ 14.600.00
Gastos generales
106-111. Artículo 9266. Viáticos y gastos de viaje 5.000.00
CAPITULO 0916
División de Servicios Generales
Servicios personales
101-111. Artículo 9270. Sueldos - del personal de nómina 13.800.00
Gastos generales
106-111. Artículo 9280, Gastos varios e- imprevistos 180.000.00
Suman los contracréditos $ 2.009.000.00
Créditos.
Presupuesto de funcionamiento.
Ministerio de Guerra.
I-Gastos Directos del Ministerio.
B-Rama Técnica.
CAPITULO 0503
Ejército Nacional.
Programa I.
Administración de los Servicios de Defensa.
Servicios personales
102-132. Artículo 5031. Alimentación, lavado y peluquería $ 2.009.000.00
Suman los créditos $ 2.009.000.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá D. E., a 28 de diciembre de 1962.

GULLERMO LEON VALENCIA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Carlos Sanz de Santamaría

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