por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2004
El Presidente de la República, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 848 de 2003, por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2004 el cual se liquidó por medio del Decreto 3787 de 2003;
Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;
Que el Gobierno de la República de Colombia a través de la Fiscalía General de la Nación, recibió del Gobierno de los Estados Unidos de América, la suma de US$300.000 para el “Establecimiento de Once (11) Unidades de Apoyo a la Unidad Nacional de Derechos Humanos”, en desarrollo del Programa de Reforma al Sector Justicia, Plan Colombia;
Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporarán al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor;
Que por lo anterior es necesario adicionar el Presupuesto General de la Nación del año 2004,
DECRETA:
Artículo 1°.Presupuesto de rentas y recursos de capital. Efectúase la siguiente adición en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2004, en la suma de setecientos ochenta y dos millones trescientos trece mil novecientos nueve pesos ($782.313.909) moneda legal, según el siguiente detalle:
RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
| I. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL | 782.313.909 |
|---|---|
| 2. RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACION | 782.313.909 |
Artículo 2°. Presupuesto de gastos. Efectúase la siguiente adición al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2004, en la suma de setecientos ochenta y dos millones trescientos trece mil novecientos nueve pesos ($782.313.909) moneda legal, según el siguiente detalle:
ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
| Cta. Prog. | Subc. Subp | Concepto | Aporte Nacional | Recursos Propios | Total |
|---|---|---|---|---|---|
| SECCION 2901 | SECCION 2901 | SECCION 2901 | SECCION 2901 | SECCION 2901 | SECCION 2901 |
| FISCALIA GENERAL DE LA NACION | FISCALIA GENERAL DE LA NACION | FISCALIA GENERAL DE LA NACION | FISCALIA GENERAL DE LA NACION | FISCALIA GENERAL DE LA NACION | FISCALIA GENERAL DE LA NACION |
| A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO | A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO | A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO | 782.313.909 | 782.313.909 | |
| TOTAL PRESUPUESTO SECCION | TOTAL PRESUPUESTO SECCION | TOTAL PRESUPUESTO SECCION | 782.313.909 | 782.313.909 |
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 26 de octubre de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.