por el cual se amplía el plazo para el funcionamiento de la Comisión para la Reforma de las Instituciones de Comercio Exterior

Rango Decreto
Publicación 1986-11-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 1° del Decreto Extraordinario 1650 de 1968,

decreta:

Artículo 1° Ampliase el plazo fijado en el Decreto número 2826 del 9 de septiembre de 1986 hasta el 30 de noviembre de 1986, para el funcionamiento de la Comisión para la Reforma de las Instituciones de Comercio Exterior.

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 25 de noviembre de 1986.

virgilio barco

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

César Gaviria Trujillo.

El Ministro de Desarrollo Económico,

Miguel Alfonso Merino Gordillo.

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