POR EL CUAL SE REFORMA EL MARCADO CON EL NUMERO 2166 DE 30 DE DICIEMBRE DE 1929, Y SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° A partir del 16 de los corrientes, el personal y asignaciones de la Oficina Telegráfica de' Salamina (Caldas), será el siguiente:
Un Jefe, a $ 120 mensuales.
Un Subjefe, a $ 110 mensuales.
Ocho Ayudantes, cada uno a $ 100 mensuales.
Un Oficial de Recibo, a $ 60 mensuales.
Dos Telefonistas Copistas, cada uno a $ 55 mensuales.
Un Copista, a $ 50 mensuales.
Un Cartero, a $ 40 mensuales.
Artículo 2° Hácense los siguientes nombramientos para la Oficina Telegráfica de Salamina (Caldas):
Subjefe, señor Juan de Dios Arias (puesto nuevo).
Copista, señor José Luis Venegas (puesto nuevo).
Artículo 3° El gasto que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se imputará al artículo 672, capítulo 54, del Presupuesto de la actual vigencia.
Artículo 4° Queda. en estos términos reformado el Decreto número 2166, de fecha 30 de diciembre de 1929.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 11 de enero de 1930.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Correos y Telégrafos,
José Jesús GARCIA
Digitó: 52.741.900
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