por medio del cual se señalan tarifas para las encomiendas colombianas destinadas a Bélgica
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. A partir del 20 de enero de 1946, las tarifas para las encomiendas postales con destino a Bélgica, serán las siguientes:
| Encomiendas hasta de 1 kilogramo de peso | $ 1.45 |
|---|---|
| Encomiendas de más de 1, hasta 3 kilogramos de peso | $ 2.60 |
| Encomiendas de más de 3, hasta 5 kilogramos de peso | $ 3.75 |
| Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 5 de enero de 1946, ALBERTO LLERAS El Ministro de Correos y Telégrafos, Luis GARCIA CADENA | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 5 de enero de 1946, ALBERTO LLERAS El Ministro de Correos y Telégrafos, Luis GARCIA CADENA |
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