Por el cual se determina la denominación que debe darse a los cuerpos de la Guardia colombiana

Rango Decreto
Publicación 1877-06-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de los Estados Unidos de Colombia

decreta :

Artículo 1.° Desde el dia 1.° Los cuerpos de Guardia Colombiana serán tantos cuantos determine el Poder Ejecutivo de la Union, segun el pié de fuerza de que disponga, bien sea en tiempo de paz o en situAcion de guerra ; i constarán del número de plazas que establecen las ordenanzas militares.
Artículo 2.° Los cuerpos de la mencionada Guardia no tendrán en adelante otra denominacion,que la que les corresponda en la respectiva arma ; así, el Batallon que ocupa el lugar primero en la arma de artillería, en la de zapadores, o en la de infantería de línea, se denominarán "1.° de Artillería," o "1.° de Zapadores," o "1.° de Línea," i sucesivamente, hasta el último, segun los que haya mandado organizar el Poder Ejecutivo nacional.
Artículo 3.° Los Escuadrones de caballería, se denominarán por el número que les corresponda en su respectivo instituto ; por ejemplo: "Escuadron 1.° de Guías," "Escuadron 1.° o 2.° de Lanceros," &.ª &.ª

Para mayor esclarecimiento de lo prevenido en el presente decreto, se tendrá presente :

El Batallon del arma de artillería, que se está organizando en esta plaza, se denominará "1.° de Artillería."

En el arma de infantería de línea, los Batallones que existen actualmente, se denominarán así :

El que ha llevado el nombre de "Granaderos," se denominará "1.° de linea."

El "Rifles," "2.° de id."

El "Boyacá," "3.° de id."

El "Palacé," "4.° de id."

El "Várgas," "5.° de id."

El "Voltíjeros," "6.° de id."

El "Cazadores," "7.° de id."

El "Pichincha," "8.° de id."

El "Tirado," "9.° de id."

El "Calibío," "10.° de id."

El "Ayacucho," "11.° de id."

El que ha llevado el nombre de "La Popa," se denominará "12.° de línea."

El "Miranda," "13.° de id."

El "Bárbula," "14.° de id."

El "3.° de Facatativá," "15.° de id."

El "Junin," "16.° de id."

El "Vinagre de Neira," "17.° de id."

El "Gámeza," "18.° de id."

El "Guerrero," "19.° de id."

El "Socorro," "20.° de id."

El "Cuéllar," "21 de id."

Toda otra denominacion para los cuerpos enunciados, que no sea la numérica, queda en adelante suprimida.

Dado en Bogotá, a 7 de junio de 1877.

SERJIO CAMARGO.

El Secretario de Guerra i Marina,

Sántos Acosta.

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