Por el cual se aprueba un acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1985-11-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

ARTICULO 1° Apruébase el Acuerdo número 22 de octubre 17 de 1985 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

ACUERDO NUMERO 22 DE 1985

( octubre 17)

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

CONSIDERANDO:

ACUERDA:

Artículo 1º Autorízase a la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia para suscribir dieciséis mil doscientas cuatro (16.204) acciones, por valor de un mil pesos ($ 1.000.00) cada una y por un valor total de dieciséis millones doscientos cuatro mil pesos ( $ 16.204.000.00) moneda corriente, en la sociedad denominada Sociedad Forestal Cafetera del Valle S. A. 'Soforestal', con domicilio en Cali. La compra de estas acciones se hará con recursos del Fondo Nacional del Café y para éste.

Artículo 2º El Gerente General de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia queda facultado para celebrar todos los actos jurídicos que sean necesarios en orden al cumplimiento del fin propuesto.

Artículo 3º Sométase el presente acuerdo, por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la aprobación del señor Presidente de la República.

Aprobado en Bogotá, D. E., a los diecisiete (17) días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y cinco (1985).

El Presidente

( Fdo.) RODRIGO MUNERA ZULUAGA.

El Secretario,

( Fdo) JORGE ARANGO MEJIA".

ARTICULO 2º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 29 de noviembre de 1985.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hugo Palacios Mejia.

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