Por el cual se adiciona otro Decreto sobre aumento de salarios al personal del ramo fluvial
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades légales
CONSIDERANDO
Que al elaborar el Decreto número 3227 de este año. Sobre alza de salarios del personal del ramo fluvial, se olvidó incluir las Inspecciones Fluviales de Puerto López y Puerto Carreño Que el Decreto 995 de 1914 que creó los cargos para las inspecciones Fluviales de Puerto Carreño y Puerto López advierte que tendrán las mismas atribuciones y deberes señalados .paras Inspectores Fluviales del río Magdalena
Que por lo tanto también deben quedar con los mismos derechos reconocidos en el río Magdalena,
DECRETA:
Artículo único. Adicionase el Decreto 3227 dé 15 de septiembre del año en curso , para incluir en el alza de salarios ahí señalada, al personal que trabaja en las Inspecciones Fluviales de Puerto López y Puerto Carreño.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 9 de octubre de 1948.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María BERNAL-El Ministro de Obras Públicas, Luis Ignacio ANONADE
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.