por el cual se concede una autorización al Fondo de Promoción de Exportaciones, PROEXPO
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren los Decretos legislativos 1050 y 3130 de 1968,
DECRETA:
Artículo primero. Autorizase al Fondo de Promoción de Exportaciones, PROEXPO, para que, previo el cumplimiento de las disposiciones legales y en las condiciones que establezca su Junta Directiva, invierta en Bonos de Desarrollo Turístico de la "Clase B" de la Corporación Nacional de Turismo, la suma de cuatrocientos veinte millones de pesos ($ 420.000.000.00).
Artículo segundo. Los recursos que, de acuerdo con este Decreto, ingresen a la Corporación Nacional de Turismo, se aplicarán de la siguiente manera: cien millones de pesos $ 100.000.000.00) como aporte de capital en la Sociedad Hotel de Pereira, S. A., y trescientos veinte millones de pesas ($ 320.000.000.00) para la readecuación y servicios complementarios del Hotel Pozos Colorados, en la ciudad de Santa Marta.
Artículo tercero. Este Decreto rige a partir de su expedición.
Dado en Bogotá. D. E., a 28 de diciembre de 1983.
Comuníquese y cúmplase.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Desarrollo Económico,
Rodrigo Marín Bernal.
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