Por el cual se reorganiza la Policía Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las facultades que le conceden los artículos 3° y 21 de la Ley 41 de 1915,
decreta:
Artículo 1° Desde el 1° de marzo próximo queda reorganizada la Policía Nacional en la forma y con el personal y las asignaciones mensuales siguientes:
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