Por el cual se aclaran unas leyendas de apropiaciones del Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerios de Guerra y Comunicaciones)

Rango Decreto
Publicación 1956-03-06
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

considerando

que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República,

decreta:

Artículo primero. Acláranse las leyendas de las apropiaciones liquidadas en el artículo 1680 del Capítulo 164 -Ministerio de Guerra-, y en el artículo 5081 del Capitulo 505, -Ministerio de Comunicaciones-, del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso, las cuales quedan así:

MINISTERIO DE GUERRA

CAPITULO 164

Gastos varios conjuntos.

MINISTERIO DE COMUNICACIONES

CAPITULO 505

Gastos varios.

Artículo segundo. Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias a las del presente Decreto, el cual surte efectos a partir del primero (1°) de enero del año en curso.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 23 de febrero de 1956.

General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Gobierno,

Lucio Pabón Núñez.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Evaristo Sourdis.

El Ministro de Justicia,

Luis Caro Escallón.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Guerra,

Brigadier General Gabriel París.

El Ministro de Agricultura,

Hernando Salazar Mejía.

El Ministro del Trabajo,

Cástor Jaramillo Arrubla.

El Ministro de Salud Pública,

Gabriel Velásquez Paláu.

El Ministro de Fomento,

Jorge Reyes Gutiérrez.

El Ministro de Minas y Petróleos,

Pedro Manuel Arenas.

El Ministro de Educación Nacional,

Gabriel Betancur Mejía.

El Ministro de Comunicaciones,

Brigadier General Gustavo Berrío M.

El Ministro de Obras Públicas, encargado,

Teniente Coronel Mariano Ospina Navia.

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