por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Transporte

Rango Decreto
Publicación 2006-10-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRANSPORTE
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Transporte presentó la justificación técnica al Departamento Administrativo de la Función Pública, obteniendo el concepto favorable de ese Departamento y cuenta con concepto de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal,

DECRETA:

Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal del Ministerio de Transporte, establecida mediante Decreto 2054 del 23 de julio de 2003, los siguientes cargos así:

No. de Empleos Dependencia y Denominación del Empleo Código Grado
DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO
1 (UNO) SECRETARIO EJECUTIVO DEL DESPACHO DEL MINISTRO 4212 24
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
2 (DOS) PROFESIONAL UNIVERSITARIO 2044 09
1 (UNO) PROFESIONAL UNIVERSITARIO 2044 03
1 (UNO) AUXILIAR ADMINISTRATIVO 4044 13
1 (UNO) SECRETARIO 4178 10

Artículo 2° : Créanse los siguientes empleos en la planta de personal del Ministerio de Transporte, así:

No. de Empleos Dependencia y Denominación del Empleo Código Grado
DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO
1 (UNO) SECRETARIO EJECUTIVO DEL DESPACHO DEL MINISTRO 4212 26
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
5 (CINCO) PROFESIONAL UNIVERSITARIO 2044 01
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 2054 de 2003.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 9 de octubre de 2006.

ÃLVARO URIBE VÃ LEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

El Ministro de Transporte,

Andrés Uriel Gallego Henao.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano.

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