Por el cual se restablece la denominación de una Sección del Ministerio de Minas y Petróleos

Rango Decreto
Publicación 1947-11-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE MINAS Y PETROLEOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Desde la fecha de la expedición de este Decreto, la Sección 6ª Laboratorio de Análisis e Investigación del Ministerio de Minas y Petróleos, se denominará Sección 6ª Laboratorio Químico Nacional que fue el nombre que llevó antes.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de octubre de 1947.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Minas y Petróleos,

Tulio Enrique TASCON

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