Por el cual se distribuye la partida para la formación de maestros de emergencia

Rango Decreto
Publicación 1937-05-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente dela República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. La partida votada por el artículo 280,- capítulo 51, de la Ley de Apropiaciones vigente, se distribuye así:

Curso de Información de Directores de

Grupos Escolares de Bogotá.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 11 de febrero de 1937.

ALFONSO LÓPEZ

El Ministro de Educación Nacional,

Alberto LLERAS CAMARGO

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