Por el cual se ordena la publicación de dos obras en la Imprenta Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales y en vista de la solicitud de la Registraduría Nacional del Estado Civil,
DECRETA:
Artículo 1° En la Imprenta Nacional y por cuenta de la Registraduría Nacional del Estado Civil, se hará la impresión de dos folletos uno denominado Compilación Electoral y el otro, Instrucciones para el arreglo de los Censos Electorales, en número de cinco mil (5.000), y tres mil (3.000) ejemplares, respectivamente.
Artículo 2° El suministro del papel y de la cartulina necesarios para estos trabajos se hará por la Registraduría Nacional del Estado Civil, a cuyo cargo estará también la corrección de las respectivas pruebas de imprenta.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 9 de noviembre de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Gobierno, Luis Ignacio ANDRADE-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO.
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