Por el cual se modifica el Decreto número 1554 de mayo 27 de 1983

Rango Decreto
Publicación 1984-01-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto número 1554 de mayo 27 de 1983, se autorizó a los señores Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Defensa Nacional para que conjunta o separadamente gestionen a nombre del Gobierno Nacional un empréstito externo hasta por la suma de setenta y cinco millonesnovecientas mil marcos alemanas (D.M. 75.900.000) o su equivalente en otras monedas en determinadas condiciones financieras, destinado a financiar los reajustes de precios originados en el contrato de suministro de bienes para la Armada Nacional suscrito el 19 de mayo de 1980 entre el Gobierno Nacional y Ferrostaal A. G. y Howaldtswerke Deutsche Werít, Hamburg und Kiel de Kiel, de la República Federal de Alemania;

Que se requiere modificar las condiciones financieras establecidas en el artículo primero del Decreto número 1554 de mayo 27 de 1983 para ajustarlas a las condiciones actuales del Mercado Internacional de Capitales;

Que mediante el Decreto número 3141 de 1982, se designó Ministro Ad-Hoc de Hacienda y Crédito Público al Viceministro de Hacienda y Crédito Público, para los casos en que las normas legales hacen incompatible la actuación del Ministro titular,

DECRETA:

Artículo primero. Autorízase a los señores Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Defensa Nacional para que conjunta o separadamente gestionen a nombre del Gobierno Nacional un empréstito externo hasta por la suma de setenta y cinco millones novecientos mil marcos alemanes (D.M. 75.900.000) o su equivalente en otras monedas en las condiciones financieras actuales más favorables del Mercado Internacional de Capitales, destinado a financiar los reajustes de precios originados en el contrato de suministro de bienes para la Armada Nacional suscrito el 19 de mayo de 1980 entre el Gobierno Nacional y Ferrostaal A. G. y Howaldstwerke Deutsche werft Hamburg und Kiel de Kiel, de la República Federal de Alemania.
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 29 de diciembre de 1983.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Ad-Hoc,

Florángela Gómez de Arango

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