Por el cual se distribuye una apropiación. (Ramo de Edificios Nacionales)

Rango Decreto
Publicación 1951-03-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. Del saldo de la partida apropiada en el Capítulo 122, artículo 1597 del Presupuesto de la vigencia fiscal de 1951 "para gastos de administración y construcción de Edificios Nacionales", hácese la siguiente distribución parcial, para la ejecución de la siguiente obra:

Capítulo 122, artículo 1597.

Del Presupuesto de la vigencia fiscal de 1951, Para gastos de administración y construcción de edificios nacionales, hácese la siguiente distribución parcial para la ejecución de la siguiente obra:

Capítulo 122-Artículo 1597.

Ordinal q). Para las reparaciones, mejoras y dotación de la casa en que habitó y murió el doctor Rafael Núñez en Cartagena y para acondicionamiento como Museo Histórico$ 30.000.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 14 de febrero de 1951.

LAUREANO GOMEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio ALVAREZ RESTREPO-El Secretario General del Ministerio de Obras Públicas, encargado del Despacho, Gabriel RODRIGUEZ FRANCO.

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