Por el cual se aprueba el Reglamento de Servicio de Guarnición para las Fuerzas Militares
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1°. De conformidad con el Decreto 953 de 1940, apruébase el "Reglamento de Servicio de Guarnición" para las Fuerzas Militares (Regl. Serv. Gn.), propuesto por el Estado Mayor General, el cual se clasificará así: Público-Serie A, número 18. En consecuencia, derógase todas las disposiciones anteriores sobre la materia.
Artículo 2°. Las observaciones a que de lugar la aplicación del Reglamento en referencia deben ser presentadas al Estado Mayor General, a fin de que, previo estudio, sean tenidas en cuenta para posteriores ediciones.
Artículo 3°. Las Imprentas del Ministerio de Guerra hará una edición de cinco mil (5.000) ejemplares del Reglamento aprobado por el presente Decreto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 9 de noviembre de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Guerra, Teniente General
Rafael SANCHEZ AMAYA
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