por el cual se adiciona la nomenclatura de empleos de la Defensoría del Pueblo
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,
DECRETA:
Artículo 1°. Adiciónase la nomenclatura y clasificación de empleos de la Defensoría del Pueblo así:
| DENOMINACION DE EMPLEO | GRADO |
|---|---|
| NIVEL TECNICO | |
| Técnico en Presupuesto | 15 |
| Técnico Administrativo | 15 |
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente las Leyes 24 de 1992 y 941 de 2005.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 11 de octubre de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Carlos Holguín Sardi.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.
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