por el cual se adiciona la Planta de Personal de la Defensoría del Pueblo y se dictan otras disposiciones
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 19 de la Ley 24 de 1992,
DECRETA:
ArtÃculo 1°. Créanse en la Planta de Personal de la DefensorÃa del Pueblo los siguientes cargos:
| N° de Cargos | Nivel y denominación del empleo | Grado |
|---|---|---|
| SISTEMA NACIONAL DE DEFENSORIA PUBLICA | SISTEMA NACIONAL DE DEFENSORIA PUBLICA | SISTEMA NACIONAL DE DEFENSORIA PUBLICA |
| Treinta y seis (36) | Coordinador Administrativo y de Gestión de la Regional o Seccional en DefensorÃa Pública | 19 |
| Ocho (8) | Profesional Especializado | 19 |
| Doce (12) | Profesional Especializado en CriminalÃstica | 18 |
| Cinco (5) | Profesional Especializado | 18 |
| Diecinueve (19) | Profesional Especializado en Investigación | 17 |
| Uno (1) | Profesional Especializado | 17 |
| Treinta y uno (31) | Técnico en CriminalÃstica | 15 |
| Doce (12) | Técnico Administrativo | 15 |
| Uno (1) | Técnico en Presupuesto | 15 |
| Cuarenta y siete (47) | Auxiliar Administrativo | 10 |
Artículo 2º. El Defensor del Pueblo distribuirá los cargos a que se refiere el artículo 1º del presente decreto mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la Entidad, de conformidad con lo establecido en el parágrafo 2º del artículo 56 de la Ley 941 de 2005.
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona en lo pertinente el Decreto 188 del 27 de enero de 1993.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 11 de octubre de 2006.
ÃLVARO URIBE VÃ LEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Carlos HolguÃn Sardi.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.
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