Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Departamento Nacional de Provisiones)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y de conformidad con el Decreto legislativo número 1599 de 1953,
DECRETA:
Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:
| Departamento Nacional de Provisiones. | Departamento Nacional de Provisiones. | Departamento Nacional de Provisiones. |
|---|---|---|
| CAPITULO 43 | CAPITULO 43 | CAPITULO 43 |
| Personal y material. | Personal y material. | Personal y material. |
| A2a. Del artículo 483. Para sueldos del personal del Departamento Nacional de Provisiones, en el año | $ | 9.933.57 |
| A1a. Del artículo 494. Para viáticos y gastos de transporte del personal del Departamento, cuando viaje en comisiones oficiales, en el presente año y anteriores | 1.333.32 | |
| A1a. Del artículo 495. Para transporte, movilización, acarreos, aseguros y otros gastos similares que demande la distribución de estampillas de timbre nacional, papel sellado y otras especies venales, en el presente año y anteriores | 2.751.25 | |
| C1a(b). Del artículo 494. Para pago de primas de seguros de mercancías en depósito y almacenes, aseguro del edificio del Departamento, de los muebles y enseres, vehículos y equipo al servicio del mismo, en el año | 526.75 | |
| Suman los contracréditos | $ | 14.544.89 |
| CAPITULO 43 | CAPITULO 43 | CAPITULO 43 |
| Personal y material. | Personal y material. | Personal y material. |
| C1a (a). Al artículo 490. Para compra de vehículos para el servicio del Departamento en el año | 14.544.89 | |
| Suman los créditos | $ | 14.544.89 |
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de diciembre de 1954.
Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Villaveces
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