Sobre presupuesto de gastos de la Comisaría del Vichada, para la vigencia de 1928
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Apruébase el siguiente Decreto:
Decreto número 3 de 1928 (enero 25), sobre presupuesto de gastos de la Comisaria Especial del Vichada, para 1928,
"El Comisario Especial del Vichada, en uso da sus atribuciones legales, y dando cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 8º del Decreto ejecutivo 523 de 3 de junio de 1913,
decreta:
Artículo 1º Fijanse los cómputos líquidos de las apropiaciones para el año fiscal de 1928, en la suma de $ 12,000 que es la apropiada en el Presupuesto Nacional de la vigencia en curso, para atender a los gastos que demanda la Comisaría del Vichada, según el siguiente pormenor:
CAPITULO I
"Comisaría Especial.
Artículo 2º Sueldo de los empleados, así:
| "Del Comisarlo Especial, en doce meses, a $ 200 | $ 2,400 |
|---|---|
| "Del Secretario, en doce meses, a $ 100 | 1,200 |
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CAPITULO II
Alcaldías y Corregimientos.
Artículo 3º Sueldo de los empleados:
| Del Alcalde de Orinoco, a $ 60 mensuales | 720 |
|---|---|
| Del Secretario de la Alcaldía de Orinoco, a $ 30 mensuales | 360 |
| De los cuatro Corregidores de Puerto Carreño, El Tuparro, San José del Vichada y Amanavén, a $ 40 Mensuales cada uno | 1,920 |
| De los cuatro Secretarios de dichos Corregidores, a $ 20 mensuales cada uno | 960 |
CAPITULO III
Gendarmería.
| Artículo 4º Sueldo de cuatro Gendarmes, a $ 40 mensuales cada uno | 1,920 |
|---|---|
CAPITULO IV
Material.
Artículo 5º Para atender a estos gastos:
| Útiles de escritorio de las oficinas de la Comisaria, Alcaldía y Corregimientos, en el año | 250 |
|---|---|
| Para compra y reparación de embarcaciones | 150 |
| Para alumbrado de las oficinas de la Comisaría, de la Alcaldía y de los Corregimientos. Hasta | $150 |
| Para compra de drogas | 50 |
| Para compra de cinco vestidos para los indígenas nombrados Comisarios de Policía en el Territorio de la Comisaría, hasta | 200 |
CAPITULO V
Gastos varios.
| Artículo 6º Para conducción de presos pobres y raciones de los mismos, hasta | 200 |
|---|---|
| Para celebración de las fiestas patrias, hasta | 100 |
| Para viáticos del Comisario Especial en las visitas que practique dentro del territorio de la Comisaría, hasta | 500 |
| Para reintegrar al Tesoro Municipal de la Alcaldía de Orinoco el pago de las nóminas correspondientes a los sueldos del Alcalde Municipal de Orinoco y su Secretario, del Corregidor del Tuparro y su Secretario, en los meses de junio, agosto y octubre de 1925, de acuerdo con el Decreto número 23, de 1927 (agosto 17), dictado por esta Comisaría, y según lo dispuesto por el Ministerio de Gobierno en oficios números 640 y 966, de fechas julio 23 y septiembre 26 de 1927 respectivamente, la suma de | 363 33 |
| Artículo 7º Para atender a los gastos imprevistos que puedan ocurrir, hasta | 556 67 |
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| Suma | 12,000 |
Artículo 8º De la suma destinada para gastos imprevistas se puede disponer mediante resoluciones aprobadas por el señor Ministro de Gobierno. Sométase a la aprobación del Ejecutivo Nacional.
Dado en Puerto Carreño a 25 de enero de 1928.
El Comisario Espacial, R. Cadavid Jaramillo.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de febrero de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Gobierno,
Jorge VELEZ.
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