Por el cual se aprueba el Acuerdo numero 27 de 1985 de la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional de la Guajira. Corpoguajira, que establece la organización interna y fija las funciones de las dependencias de dicha Corporación

Rango Decreto
Publicación 1985-12-06
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 15 del Decreto 2197 de 1985,

DECRETA:

ARTICULO 1º. Apruébase el Acuerdo número 27 de 1985 de la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional de la Guajira. Corpoguajira, que establece la organización interna y fija las funciones de las dependencias de dicha Corporación, cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 27 DE 1985

( septiembre 27 )

por el cual se establece la organización interna y se fijan las funciones de las dependencias de la Corporación Autónoma Regional de la Guajira, Corpoguajira.

La Junta Directivade la Corporación Autónoma Regional de la Guajira, Corpoguajira, en ejercicio de las facultades legales y estatutarias y oído el concepto de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República,

A C U E R D A :

Artículo 1° La organización interna de la Corporación Autónoma Regional de la Guajira, Corpoguajira, será la siguiente:

JUNTA DIRECTIVA Y DIRECCION EJECUTIVA.

Artículo 2° La Junta Directivay el Director Ejecutivo cumplirán las funciones a ellos asignadas en el Decreto 3453 de 1983, en los estatutos de la Corporación, y demás disposiciones legales vigentes.

OFICINA DE PLANEACION.

Artículo 3° Son funciones de la Oficina de Planeación:

OFICINA DE ASUNTOS FRONTERIZOS E INDIGENAS.

Artículo 4° Son funciones de la Oficina de Asuntos Fronterizos e Indígenas las siguientes:

SECRETARIA GENERAL.

Artículo 5° Son funciones de la Secretaria General:

ñ) Presentar los informes que le solicite la Dirección Ejecutiva.

SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA.

Artículo 6° Son funciones de la Subdirección Administrativa y Financiera:

Dirección Ejecutiva.

DIVISION ADMINISTRATIVA.

Artículo 7° Son funciones de la División Administrativa:

a la naturaleza de la dependencia.

DIVISION FINANCIERA.

Artículo 8° Son funciones de la División Financiera:

del proyecto de presupuesto anual de la entidad.

ñ) Las demás que le sean asignadas y que corresponda a la naturaleza de la dependencia.

SUBDIRECCION TECNICA.

Artículo 9° Son funciones de la Subdirección Técnica:

DIVISION DE PROYECTOS.

Artículo 10. Son funciones de la División de Proyectos:

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