por el cual se deroga el Decreto número 1348 de 1948
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
- 1° Que por Decreto número 1348 se dispuso auxiliar a la Cooperativa Agrícola y Ganadera de los Llanos Orientales, Limitada, con el pago de los sueldos de su personal de administración;
- 2° Que dicho auxilio se decretó con carácter transitorio, mientras se organizaba en forma general el apoyo del Gobierno a las cooperativas de trabajadores del Ministerio de Obras Públicas; y
- 3° Que dicha organización se ha cumplido con la expedición y aplicación de los Decretos 357 de 1948 y 2594 de 1949,
DECRETA:
Artículo único. Derógase el Decreto 1348 de 1948, "por el cual se modifica el artículo 12 del Decreto número 357 de 1948. (Ramo de Obras Públicas Nacionales)none.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de noviembre de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ.
El Ministro de Obras Públicas,
Víctor ARCHILA BRICEÑO.
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