por el cual se establece la Planta de Personal del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 2011-09-27
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y en concordancia con los literales m) y n) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud del artículo 11 de la Ley 1444 de 2011, se escindió el Ministerio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.

Que el artículo 14 de la Ley 1444 de 2011, crea el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

Que en uso de facultades extraordinarias conferidas en la Ley 1444 de 2011, el Presidente de la República determinó la estructura del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, ordenando la adopción de la planta de personal requerida para su funcionamiento.

Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio con el fin de establecer la planta de personal, presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 del 2005, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.

Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal,

DECRETA:

Artículo 1°. Las funciones propias del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación:
Número de cargos Dependencia y Denominación del cargo Código Grado
DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO
1 (Uno) Ministro 0005
1 (Uno) Asesor 1020 18
3 (Tres) Asesor 1020 16
2 (Dos) Asesor 1020 14
2 (Dos) Asesor 1020 13
1 (Uno) Asesor 1020 12
1 (Uno) Asesor 1020 11
1 (Uno) Asesor 1020 10
2 (Dos)http://192.168.8.161:8080/com.dotsa.ciclope.portal.client.editor/editor/index.jsp Técnico Administrativo 3124 18
1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 14
1 (Uno) Auxiliar Administrativo 4044 09
2 (Dos) Conductor Mecánico 4103 19
1 (Uno) Secretario Bilingüe 4182 26
2 (Dos) Secretario Ejecutivo del Despacho de Ministro 4212 25
1 (Uno) Secretario Ejecutivo del Despacho de Ministro 4212 24
Número de cargos Dependencia y Denominación del cargo Código Grado
--- --- --- ---
DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE VIVIENDA DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE VIVIENDA DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE VIVIENDA DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE VIVIENDA
1 (Uno) Viceministro 0020
1 (Uno) Asesor 1020 16
7 (Siete) Asesor 1020 13
7 (Siete) Asesor 1020 12
2 (Dos) Asesor 1020 11
1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 14
1 (Uno) Auxiliar Administrativo 4044 09
1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 13
1 (Uno) Secretario Bilingüe 4182 26
1 (Uno) Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro 4215 24
1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 22

DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE AGUA Y SANEAMIENTO BÁSICO

Número de cargos Dependencia y Denominación del cargo Código Grado
1 (Uno) Viceministro 0020
1 (Uno) Asesor 1020 18
3 (Tres) Asesor 1020 16
2 (Dos) Asesor 1020 13
1 (Uno) Auxiliar Administrativo 4044 09
1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 19
1 (Uno) Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro 4215 24
1(Uno) Secretario Bilingüe 4182 26

PLANTA GLOBAL

1 (Uno) Secretario General de Ministerio 0035 23
5 (Cinco) Director Técnico 0100 22
2 (Dos) Jefe de Oficina 0137 21
9 (Nueve) Subdirector Técnico 0150 21
1 (Uno) Asesor 1020 13
2 (Dos) Asesor 1020 12
6 (Seis) Asesor 1020 11
1 (Uno) Asesor 1020 10
1 (Uno) Jefe de Oficina Asesora de Planeación 1045 16
1 (Uno) Jefe de Oficina Asesora de Jurídica 1045 16
34 (Treinta y Cuatro) Profesional Especializado 2028 24
30 (Treinta) Profesional Especializado 2028 23
5 (Cinco) Profesional Especializado 2028 22
9(Nueve) Profesional Especializado 2028 21
12 (Doce) Profesional Especializado 2028 20
7(Siete) Profesional Especializado 2028 19
1(Un) Profesional Especializado 2028 18
22 (Veintidós) Profesional Especializado 2028 17
2 (Dos) Profesional Especializado 2028 16
1 (Uno) Profesional Especializado 2028 15
11 (Once) Profesional Especializado 2028 14
25 (Veinticinco) Profesional Especializado 2028 13
4 (Cuatro) Profesional Especializado 2028 12
2 (Dos) Profesional Universitario 2044 11
1 (Uno) Profesional Universitario 2044 10
3 (Tres) Profesional Universitario 2044 09
3 (Tres) Profesional Universitario 2044 08
2 (Dos) Profesional Universitario 2044 06
1 (Uno) Profesional Universitario 2044 04
1 (Uno) Profesional Universitario 2044 02
1 (Uno) Profesional Universitario 2044 01
2 (Dos) Técnico Administrativo 3124 18
4 (Cuatro) Técnico Administrativo 3124 17
4 (Cuatro) Técnico Administrativo 3124 16
1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 15
3 (Tres) Técnico Administrativo 3124 14
2 (Dos) Técnico Administrativo 3124 10
1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 07
1 (Uno) Auxiliar Administrativo 4044 13
4 (Cuatro) Auxiliar Administrativo 4044 10
7 (Siete) Auxiliar Administrativo 4044 09
7 (Siete) Conductor Mecánico 4103 15
1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 13
1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 23
2 (Dos) Secretario Ejecutivo 4210 22
6 (Seis) Secretario Ejecutivo 4210 21
5 (Cinco) Secretario Ejecutivo 4210 20
2 (Dos) Secretario Ejecutivo 4210 17
Artículo 2°. El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, mediante Resolución, incorporará los empleados públicos que del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial continuarán prestando sus servicios en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y distribuirá los cargos de la planta global teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del Ministerio.
Artículo 3°. La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el artículo 1° del presente decreto, se efectuará dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su publicación.
Artículo 4°. La incorporación y el nombramiento en los empleos de la planta de personal, se realizará de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y demás disposiciones sobre la materia.
Artículo 5°. Créanse en la planta de personal del Ministerio de vivienda, Ciudad y Territorio los siguientes cargos, con carácter transitorio, para incorporar a los prepensionados del Instituto nacional de Vivienda y de Interés Social y Reforma Urbana - Inurbe, en liquidación:

PLANTA GLOBAL

Número de cargos Denominación del cargo Código Grado
3 (Tres) Profesional Especializado 2028 13
1 (Uno) Profesional Universitario 2044 05
1(Uno) Técnico Administrativo 3124 11
Artículo 6°. La provisión de los empleos creados en el presente decreto se efectuará en forma gradual, de conformidad con las disponibilidades presupuestales y hasta la concurrencia de las respectivas apropiaciones.
Artículo 7°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de septiembre de 2011.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Carlos Echeverry Garzón.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor.

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