Por el cual se da una autorización a la Superintendencia Bancaria

Rango Decreto
Publicación 1958-02-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de Colombia,

de conformidad con lo establecido en el artículo 121 de la Constitución Nacional,

DECRETA:

Artículo 1.° Para el cumplimiento del artículo 8° del Decreto 198 del presente año, autorizase a la Superintendencia Bancaria para determinar los periodos de inversión y la cuota correspondiente a cada período.
Artículo 2.° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 11 de diciembre de 1957.

Mayor General GABRIEL PARIS.

Presidente de la Junta.

Mayor General Deogracias Fonseca.-Contralmirante Rubén Piedrahita.-Brigadier General Rafael Navas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordoñez.

El Ministro de Gobierno, José María Villarreal.-El Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Sanz de Santamaría.-El Ministro de Justicia, Mayor General Alfredo Duarte Blum.-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo.-El Ministro de Guerra, Brigadier General Alfonso Sáiz Montoya.-El Ministro de Agricultura, Jorge Mejía Salazar.-El Ministro del Trabajo.-Raimundo Emiliani Román.-El Ministro de Salud Pública, Juan Pablo Llinás.-El Ministro de Fomento, Joaquín Vallejo.-El Ministro de Minas y Petróleos, Julio César Turbay Ayala.-El Ministro de Educación Nacional, Próspero Carbonell.-El Ministro de Comunicaciones, Mayor General Pedro A. Muñoz.-El Ministro de Obras Públicas, Tulio Ospina Pérez.

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