Por el cual se crea la Sección de Censura de Prensa
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto número 3518 de fecha de ayer se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional, y
Que por Decreto número 3521 de la misma fecha se estableció la censura de la prensa y se encargó a los Ministerio de Gobierno y de Guerra para esa labor,
DECRETA:
Artículo primero. Créase la Sección de Censura de Prensa escrita, en Bogotá, dependiente de los Misterios de Gobierno y de Guerra, que estará a cargo de dos Jefes, uno militar y otro civil. El primero será un Oficial del Ejército de alta graduación.
Artículo segundo. La Sección a que se refiere el artículo anterior, tendrá el número de censores que determinen los Ministerios de Gobierno y de Guerra.
Artículo tercero. Los funcionarios civiles de la Sección de Censura de Prensa tendrán el carácter de empleados públicos y devengaran las siguientes asignaciones mensuales:
| El Jefe Civil | $ | 800.00 |
|---|---|---|
| Los Censores, a | 450.00 |
Artículo cuarto. Concédese un plazo de 30 días para la presentación de los certificados que se quieren para tomar posesión de los cargos antes mencionados.
Artículo quinto. Los gastos que ocasiona el cumplimiento del presente Decreto se imputarán al artículo 18, Capitulo 3º del Presupuesto de Gastos de la actual vigencia.
Artículo sexto. Este Decreto rige desde su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 11 de noviembre de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ.
El Ministro de Gobierno, Luis Ignacio ANDRADE-El Ministro de Relaciones Exteriores, Eliseo ARANGO-El Ministro de Justicia General Miguel SANJUAN-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO-El Ministro de Guerra, Teniente General Rafael SANCHEZAMAYA-El Ministro de Trabajo, Evaristo SOURDIS-El Ministro de Higiene,JorgeCAVELIER-El Ministro de Comercio e Industrias,Juan GuillermoRESTREPO JARAMILLO-El Ministro de Minas y Petróleos, José Elías DEL HIERRO-El Ministro de Educación Nacional, Manuel MOSQUERAGARCES-El Ministro de Correos y Telégrafos encargado del Despacho de Agricultura y Ganadería, José Vicente DAVILA TELLO-El Ministro de Obras Públicas,Víctor ARCHILABRICEÑO.
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