Por el cual se suprimen unos organismos sanitarios
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. A partir del primero de marzo próximo, suprimense los siguientes organismos sanitarios: La Comisión Sanitaria de Barbacoas, creada por Decreto número 28, de enero 8 de 1938; La Unidad Sanitaria de Pasto, creada por Decreto número 2070, de noviembre 30 de 1940, y La Oficina de Sanidad de Puerto Berrio.
Comuniqúese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 18 de febrero de 1913.
ALFONSO LOPEZ.
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,
Arcesio LONDOÑO PALACIO
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