Por el cual se adiciona el Decreto número 3560 de 1949

Rango Decreto
Publicación 1949-12-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

ARTICULO 1º En los mensajes telegráficos originarios de Colombia con destino al Exterior y originarios del Exterior con destino a Colombia además de los idiomas enunciados en el artículo 1º. del Decreto 3560 de 1949. podrá utilizarse el alemán.
ARTICULO 2º Facúltase al Ministerio de Correos y Telégrafos para que autorice el uso de claves privadas en los mensajes cursados en el interior del país entre miembros de Bolsa.
ARTICULO 3º Queda así adicionado el Decreto No. 3560 de 1949.
ARTICULO 4º El presente Decreto regirá desde su fecha.

Comuníquese y publíquese,

Dado en Bogotá a 14 de noviembre de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

José Vicente DAVILA TELLO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.