Por el cual se dicta una medida sobre cómputo de servicio de actividad a los suboficiales de las Fuerzas Militares, en el ramo de Guerra

Rango Decreto
Publicación 1950-12-27
Estado Derogada
Departamento PODER EJECUTIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional,

DECRETA:

Artículo 1º Hácense extensivos los efectos del Decreto legislativo número 3380 de 1950 a los Suboficiales de las Fuerzas Militares llamados al servicio activo de las mismas.
Artículo 2º En los términos del presente Decreto quedan suspendidas las disposiciones legales contrarias a las materias de que el mismo trata.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 1° de diciembre de 1950.

LAUREANO GOMEZ

El Ministro de Gobierno, Domingo SARASTY-El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho de Guerra, Gonzalo RESTREPO JARAMILLO- El Ministro de Justicia, Guillermo AMAYA RAMIREZ- El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rafael DELGADO BARRENECHE. El Ministro de Agricultura y Ganadería, Alejandro ANGEL ESCOBAR- El Ministro del Trabajo, Alfredo ARAUJO GRAU- El Ministro de Higiene, AlonsoCARVAJAL PERALTA- El Ministro de Minas y Petróleos, encargado del Ministerio de Comercio e Industrias, Manuel CARVAJAL SINISTERRA- El Ministro de Educación Nacional, Antonio ALVAREZ RESTREPO- El Ministro de Correos y Telégrafos, José Tomás ANGULO- El Ministro de Obras Públicas, Jorge LEYVA.

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