Por el cual se modifica la planta de personal de Trabajadores Oficiales del Ministerio de Obra Públicas y Transporte

Rango Decreto
Publicación 1988-01-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRANSPORTE
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución y de acuerdo con el artículo 76 del Decreto 1042 de 1978,

DECRETA:

Artículo 1ºFíjase la planta de personal de trabajadores oficiales para los Distritos de Obras Públicas que se determinan a continuación:

SECRETARIA TECNICA

DIRECCION DE CARRETERAS

DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS

NUMERO 5- MANIZALES

Dependencia y Denominación del Empleo Columnas Número de Cargos: Columnas Número de Cargos: Columnas Número de Cargos:
Albañil 1 0 0
Apuntatiempo 8 6 0
Aseadora 6 6 0
Ayudante de Equipo 8 10 2
Ayudante Taller 15 14 0
Carpintero 0 1 1
Campamentero Celador 6 20 14
Capataz 12 5 0
Cadenero 9 4 0
Cocinera 6 7 1
Chofer 48 51 3
Despachador Combustible 0 1 1
Electricista 1 1 0
Electromecánico 2 2 0
Estaquero 0 3 3
Herramentero 1 1 0
Jardinero 0 1 1
Latonero Pintor 2 2 0
Machinero 1 1 0
Mampostero 0 1 1
Mecánico Carro Taller 0 2 2
Mecánico Diesel 10 10 0
Mecánico Gasolina 9 5 0
Mecánico Industrial Tornero 4 3 0
Obrero 45 45 0
Operador Compresor 1 2 1
Operador Maquina Pesada 29 30 1
Operador Pala 1 1 0
Operador Planta Asfalto 2 2 0
Operador Planta Trituradora 1 1 0
Operador Remolque 2 2 0
Operador Terminadora Asfalto 1 1 0
Pintor 1 0 0
Soldador 7 4 0
Plomero 0 1 1

DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS

NUMERO 7 - MONTERIA

Dependencia y Denominación del Empleo Columnas Número de Cargos: Columnas Número de Cargos: Columnas Número de Cargos:
Albanil 0 1 1
Apuntatiempo 8 9 1
Ascensorista 2 2 0
Aseadora 11 8 0
Ayudante de Equipo 6 7 1
Ayudante Taller 16 16 0
Carpintero 0 1 1
Campamentero Celador 16 23 7
Capataz 1 2 1
Cadenero 4 5 1
Celador Edinales 4 2 0
Cocinera 5 11 6
Chofer 39 39 0
Despachador Combustible 1 1 0
Electricista 1 1 0
Electromecánico 1 1 0
Estaquero 0 1 1
Herramentero 2 2 0
Jardinero 0 1 1
Latonero Pintor 5 6 1
Machinero 0 1 1
Mampostero 3 2 0
Mecánico Carro Taller 1 1 0
Mecánico Diesel 6 6 0
Mecánico Gasolina 5 5 0
Mecánico Industrial Tornero 1 1 0
Obrero 21 21 0
Operador Compresor 1 1 0
Operador Máquina Pesada 26 28 2
Operador Pala 1 1 0
Operador Planta Asfalto 1 1 0
Operador Planta Trituradora 1 1 0
Operador Remolque 1 2 1
Operador Terminadora Asfalto 0 1 1
Pintor 1 1 0
Soldador 1 2 1
Plomero 0 1 1

DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS

NUMERO 22 - SINCELEJO

Dependencia y Denominación del Empleo Columnas Número de Cargos: Columnas Número de Cargos: Columnas Número de Cargos:
Apuntatiempo 2 2 0
Aseadora 3 3 0
Ayudante de Equipo 3 3 0
Ayudante Taller 5 5 0
Campamentero Celador 9 9 0
Capataz 2 2 0
Cadenero 3 3 0
Cocinera 3 3 0
Chofer 30 30 0
Despachador Combustible 1 1 0
Electromecánico 1 1 0
Estaquero 1 1 0
Latonero Pintor 2 2 0
Machinero 1 1 0
Mampostero 1 1 0
Mecánico Carro Taller 1 1 0
Mecánico Diesel 4 4 0
Mecánico Gasolina 2 2 0
Mecánico Industrial Tornero 1 1 0
Obrero 11 11 0
Operador Máquina Pesada 10 10 0
Operador Remolque 1 1 0
Soldador 1 1 0

DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS

NUMERO 24 - PEREIRA

Dependencia y Denominación del Empleo Columnas Número de Cargos: Columnas Número de Cargos: Columnas Número de Cargos:
Apuntatiempo 2 2 0
Aseadora 3 3 0
Ayudante de Equipo 3 3 0
Ayudante Taller 5 5 0
Campamentero Celador 8 8 0
Capataz 3 3 0
Cadenero 3 3 0
Cocinera 2 2 0
Chofer 35 35 0
Electromecánico 1 1 0
Latonero Pintor 1 1 0
Machinero 1 1 0
Mecánico Carro Taller 1 1 0
Mecánico Diesel 4 4 0
Mecánico Gasolina 2 2 0
Mecánico Industrial Tornero 1 1 0
Obrero 13 13 0
Operador Compresor 1 1 0
Operador Máquina Pesada 14 14 0
Operador Pala 1 1 0
Operador Planta Asfalto 1 1 0
Operador Planta Trituradora 1 1 0
Operador Remolque 1 1 0
Soldador 2 2 0

Parágrafo. La Planta de Personal de Trabajadores oficiales de que trata el presente artículo, incluye tres (3) columnas cuyo contenido se explica a continuación:

La primera columna corresponde al número de cargos que actualmente existen en los Distritos de Obras Públicas relacionados, desempeñados por trabajadores oficiales vinculados mediante contrato de trabajo.

La segunda columna corresponde al número de cargos que realmente requieren los Distritos para el cumplimiento de las funciones propias de la construcción, conservación y mantenimiento de obras públicas de su área en Jurisdicción, que deben ser desempeñados por personal que tendrá la calidad de trabajador oficial vinculado mediante contrato de trabajo.

La tercera columna corresponde al número de cargos que es necesario proveer adicionalmente en cada caso, a los contemplados en la primera columna, para alcanzar el número de cargos fijados en la segunda.

Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 459 de 1985, en especial la Planta de Personal de los Distritos de Obras Públicas número 5 Manizales y número 7 Montería.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 13 de enero de 1988.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Fernando Alarcon Mantilla.

El Ministro de Obras Públicas y Transporte,

Luis Fernando Jaramillo Correa.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Joaquin Barreto Ruiz.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.