por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Gobierno. Policía Nacional)
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 5 de febrero del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Gobierno -Policía Nacional- según consta en el acta respectiva,
DECRETA:
Artículo 1º. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
Artículo 2º. El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 6 de febrero de 1946.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Gobierno,
Absalón FERNANDEZ DE SOTO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de P. PÉREZ
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