Por el cual se destinan unos fondos para pasajes de ida y regreso al Exterior de un empleado

Rango Decreto
Publicación 1949-12-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el doctor Jorge Avella Saavedra, Ingeniero Hidráulico del Departamento de Aguas y Servicios Públicos del Ministerio de Comercio e Industrias debe ser sometido a una intervención quirúrgica con el fin de salvar su vista que se halla en gravísimo peligro de perderse, la cual ha de llevarse a cabo en el Instituto Oftálmico del doctor José Ignacio Barraquer de Barcelona (España), debido a que en Colombia tal intervención tendría muy pocas probabilidades de éxito, como se desprende de los conceptos emitidos por la Caja Nacional de Previsión en oficios números 4825 y 70703, de fechas 4 y 8 de los corrientes, originarios del Servicio Médico y de la Gerencia de la expresada institución, respectivamente;

Que el Gobierno Nacional tiene, además, necesidad de que sus empleados cuenten con la mayor erudición para atender a los problemas concomitantes con la naturaleza de sus funciones y, entre éstas, ocupan especialísimo lugar las referentes a la industria de la siderurgia, a las obras de regadío e instalaciones eléctricas;

Que para el cumplimiento del considerando anterior se requiere la práctica de los estudios pertinentes, los que debe efectuar el doctor Jorge Avella Saavedra una vez que esté restablecido; y

Que para el envío al Exterior de funcionarios con tal fin, el Presupuesto actual cuenta con la partida correspondiente,

DECRETA:

Artículo primero. Para gastos de transporte de ida y regreso a que aluden los considerandos anteriores, destínase la cantidad de tres mil pesos ($ 3.000), imputables al Capítulo 63, artículo 1100 del Presupuesto de la vigencia en curso.
Artículo segundo. Una vez restablecido de su enfermedad, el doctor Jorge Avella Saavedra practicará visitas de estudio en las principales instalaciones siderúrgicas, en las obras de aprovechamiento hidráulico y en las plantas generadoras de energía eléctrica, procurara obtener conocimientos y datos que luégo sirvan para los planes en el desarrollo de nuestra propia industria, y rendirá luégo a este Ministerio un informe completo.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de noviembre de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Comercio e Industrias,

J. G. RESTREPO JARAMILLO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.