por el cual se amplía el plazo para la inscripción de la cartera hipotecaria de los establecimientos de crédito en el Fondo de Reserva para la Estabilización de la Cartera Hipotecaria, FRECH

Rango Decreto
Publicación 2003-12-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las previstas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en los artículos 48 y 49 de la Ley 546 de 1999,

DECRETA:

Artículo 1º. El inciso primero del numeral 2 del artículo tercero del Decreto 2670 de 2000, modificado por los Decretos 1163 de 2001, 2868 de 2001 y 3174 de 2002, quedará así:
Artículo 2º. El presente Decreto rige desde la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 15 de diciembre de 2003.

ÁLVARO URIBE VELEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

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