por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Guerra y Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1947-11-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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(Ministerio de Guerra y Obras Públicas).

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión del día 7 de noviembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados en la Ley de Apropiaciones vigente, según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Artículo 1º. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

Ministerio de Obras Públicas.

Capítulo 103.
Del artículo 2190. Para continuar la construcción de los cuarteles de Ibagué 45.240.38
Ministerio de Guerra. Capítulo 38.
Al artículo 407-B. Para continuar la construcción de los cuarteles de Ibagué 45.240.38
Artículo 2º. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 7 de noviembre de 1947.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María BERNAL- El Ministro de Guerra, Fabio LOZANO Y LOZANO- El Ministro de Obras Públicas, Luis Ignacio ANDRADE.

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