por el cual se concede una autorización y se dictan normas sobre el funcionamiento del fondo de reconstrucción

Rango Decreto
Publicación 1985-12-13
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 122 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto 3405 de 1985,

DECRETA:

Artículo 1º.Autorizase a las Cajas de Compensación Familiar para destinar el uno y medio por ciento (1.5%) de los aportes recaudados para subsidio familiar, calculados con base en el año de 1984, para constituir un Fondo de Solidaridad con el objeto de satisfacer necesidades de recreación, mercadeo de productos de primera necesidad, salud, vivienda y obras complementarias, para los damnificados de la actividad volcánica del Nevado del Ruiz.

Los recursos de que trata el inciso anterior serán manejados por el Fondo de Reconstrucción RESURGIR, quien podrá delegar tal atribución en las Cajas de Compensación Familiar que los aporten.

Artículo 3º. Los recursos del Fondo de Reconstrucción RESURGIR, podrán ser administrados fiduciariamente por la entidad que recomiende el Comité Financiero de que trata el artículo 7º del Decreto 3406 de 1985. Esta entidad también podrá prestar los servicios administrativos que requiere el Fondo para su normal funcionamiento previa solicitud del Gerente General.

Artículo 4º.El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el artículo 8º del Decreto legislativo 3406 de 1985.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 10 de diciembre de 1985.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Gobierno,

Jaime Castro.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Augusto Ramírez Ocampo.

El Ministro de Justicia,

Enrique Parejo González.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hugo Palacios Mejia.

El Ministro de Defensa Nacional,

General Miguel Vega Uribe.

El Ministro de Agricultura,

Roberto Mejia Caicedo.

El Ministro de Desarrollo Económico,

Gustavo Castro Guerrero.

El Ministro de Minas y Energía,

Ivan Duque Escobar.

La Ministra de Educación Nacional,

Liliam Suárez Melo.

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,

Jorge Carrillo Rojas.

El Ministro de Salud,

Rafael De Zubiria Gómez..

La Ministra de Comunicaciones,

Noemí Sanin Posada.

El Ministro de Obras Públicas y Transporte,

Rodolfo Segovia Salas.

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